1) Alcance
Esta instrucción aplica a todas las unidades y sistemas (físicos y digitales) que administren o visualicen registros de Ficha Clínica del prestador.
- Formatos incluidos: papel/caratulados y toda plataforma digital donde conste la atención de salud.
- Responsables: Dirección del establecimiento, Jefaturas de Archivo Clínico/Gestión de Información y jefaturas de unidades clínicas.
2) Procedimiento de entrega (acto administrativo)
- Solicitud ingresa por canal oficial (correo / formulario) con identificación del solicitante, fundamento y alcance.
- Evaluación jurídica y técnica (calidad, archivo clínico, DPD si aplica).
- Resolución de Dirección (o delegado) mediante acto administrativo que aprueba, limita o rechaza.
- Entrega conforme a lo resuelto (medio, rango, anonimización si procede) y registro en libro/bitácora.
Importante: Sin acto administrativo, no procede la entrega de copias, extractos ni accesos.
3) Señalética obligatoria
- Digital: Banner fijo en login y encabezados de los módulos de Ficha Clínica, con enlace a esta página.
- Físico: Etiqueta visible en la carátula. Se recomienda incluir QR hacia esta landing.
4) Contacto y responsables
| Establecimiento/Unidad | Responsable de custodia | Correo | Canal de solicitudes |
|---|---|---|---|
| Direccion del Servicio de Salud Magallanes | Unidad de Proyecto SIDRA | sidra.ssmagallanes@redsalud.gob.cl | calidad.ssmagallanes@redsalud.gob.cl |
Actualiza esta tabla con tus responsables locales.
5) Registro y evidencias
- Bitácora de solicitudes, resoluciones, entregas y rechazos.
- Capturas de banner en cada sistema y fotos de carátulas rotuladas.
- Circular de difusión e inducción breve con constancia de lectura/asistencia.
6) Preguntas frecuentes
¿Puedo enviar por correo una Ficha Clínica? Solo si existe acto administrativo que lo autorice y el medio cumple seguridad.
¿La historia clínica en otro sistema también está incluida? Sí, toda plataforma del prestador forma parte de la Ficha Clínica.
🔒
Texto oficial (para banner/caratula)
La información de la Ficha Clínica es confidencial y sensible. Su divulgación no autorizada o ajena al quehacer institucional constituye infracción legal. Toda entrega debe ser autorizada por la Dirección (o delegado) mediante acto administrativo. Prohibido retirar fichas fuera del establecimiento; uso exclusivo en dependencias institucionales. (Ley N° 20.584, Párrafo 5°)